Artículo · Baremo de tráfico
Lucro cesante en accidentes de tráfico: cómo se calcula
El lucro cesante es la ganancia que la víctima deja de obtener por culpa del accidente. En los casos graves suele ser la partida más alta de la indemnización y también la más discutida. Desde 2016 su cálculo es actuarial, y eso tiene consecuencias prácticas que conviene conocer.
Qué es el lucro cesante
El artículo 1106 del Código Civil establece que la indemnización comprende tanto el valor de la pérdida sufrida (daño emergente) como el de la ganancia dejada de obtener (lucro cesante). En los accidentes de circulación, el sistema de valoración del RDLeg 8/2004, reformado por la Ley 35/2015 y la Ley 5/2025, regula con detalle cómo se cuantifica.
Los tres escenarios del baremo
- Lesiones temporales: se indemniza la pérdida de ingresos durante el periodo de curación, que debe acreditarse.
- Secuelas: se indemniza la pérdida o disminución de la capacidad de ganancia del lesionado durante el resto de su vida laboral, según el grado de incapacidad que provoquen las secuelas.
- Fallecimiento: se indemniza a los perjudicados que dependían económicamente de la víctima por las aportaciones que dejan de recibir.
En secuelas y fallecimiento, el perjuicio se proyecta durante muchos años. Por eso no basta con multiplicar un sueldo por un número de años: hay que capitalizarlo.
Las piezas del cálculo
1. Los ingresos de referencia
El punto de partida son los ingresos netos del lesionado por su trabajo personal, acreditados según las reglas de la ley. Aquí aparecen los primeros problemas: ingresos irregulares de autónomos, pluriempleo, periodos de desempleo o ingresos crecientes al inicio de una carrera profesional.
2. Los lesionados sin ingresos
Que alguien no tuviera ingresos en la fecha del accidente no significa que no haya lucro cesante. La ley prevé reglas específicas, entre otras:
- Quien se dedicaba en exclusiva a las tareas del hogar, cuyo trabajo se valora con referencia al salario mínimo interprofesional.
- Los jóvenes que aún no habían accedido al mercado laboral, a quienes se les computa un ingreso de referencia a partir de cierta edad.
Acreditar que el lesionado encaja en estos supuestos exige analizar su vida laboral con los criterios de la Guía de buenas prácticas. En uno de nuestros casos fue la diferencia entre no reclamar nada por este concepto y una partida de más de medio millón de euros.
3. El coeficiente de capitalización
El ingreso perdido se convierte en un capital mediante un coeficiente actuarial calculado con las bases técnicas actuariales (Orden ETD/949/2022). El coeficiente incorpora:
- la probabilidad de que la víctima siga viva y en activo cada año;
- la duración de la vida laboral pendiente;
- un tipo de interés para descontar a valor actual las cantidades futuras;
- el descuento de las pensiones públicas que la víctima perciba por la misma causa.
4. Las tablas y su actualización
Los resultados se publican en las tablas 2.C del baremo, que se actualizan cada año. Usar las cuantías de un año distinto del que corresponde, según la fecha del accidente o la de estabilización de las secuelas, es uno de los errores más frecuentes.
Idea clave: en lucro cesante, pequeñas diferencias de hipótesis (los ingresos de partida, el grado de incapacidad, la fecha o la tabla) se multiplican por coeficientes muy altos. Por eso se generan grandes diferencias entre la cifra de la aseguradora y la que realmente corresponde.
Errores frecuentes que detectamos
- Tomar ingresos brutos en lugar de netos, o al revés, sin coherencia con las tablas.
- Ignorar ingresos acreditables de autónomos o de trabajos a tiempo parcial.
- Negar el lucro cesante a lesionados sin ingresos cuando la ley sí lo reconoce.
- Aplicar un grado de incapacidad inferior al que justifican las secuelas.
- Usar tablas o cuantías de un año que no corresponde.
- Descontar pensiones que no proceden o hacerlo dos veces.
Fuera del tráfico
En negligencias médicas, accidentes laborales o responsabilidad civil general no hay un baremo obligatorio, pero los tribunales lo usan con frecuencia como referencia orientativa. En esos casos el perito actuarial puede aplicar la misma metodología o justificar una distinta si se ajusta mejor a la realidad del perjudicado.